LA COMISIÓN DEL MEJILLÓN DE ANFACO SE REÚNE PARA ABORDAR LA POSICIÓN DEL SECTOR TRANSFORMADOR Y COMERCIALIZADOR DE PRODUCTOS DEL MAR DE GALICIA A RAÍZ DEL CONOCIMIENTO DEL BORRADOR DE REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA “MEJILLÓN DE GALICIA” – VERSIÓN 00

 

 

El 30 de julio de 2007, a las 11:00 horas, se celebró en las instalaciones de ANFACO, en Vigo, una nueva reunión de la Comisión del Mejillón para abordar la posición del sector transformador y comercializador de productos del mar de Galicia tras el conocimiento del Borrador de Reglamento de aplicación de la Denominación de Origen Protegida “Mejillón de Galicia” – Versión 00.

 

Tras dicha reunión, la posición del sector transformador y comercializador de productos del mar de Galicia se concreta en los siguientes apartados:

 

1.      La industria transformadora y comercializadora de productos del mar manifiesta su permanente defensa del Mejillón de Galicia, como demuestra el apoyo prestado desde sus orígenes al sector miticultor gallego y el hecho de que actualmente comercialice la mayoría de la producción actual del sector mejillonero gallego.

 

2.      El acceso al mercado de consumo de productos procesados con la mención “elaborado con DOP Mejillón de Galicia”, no podrá suponer limitación alguna para aquellas empresas que libremente decidan procesar y comercializar mejillón procedente de Galicia o de otras zonas geográficas distintas a las protegidas por la Denominación de Origen, ya que no puede coartarse la libertad de compra, elaboración y comercialización de un producto que el mercado demanda y que tiene su segmento de mercado.

 

3.      La DOP “Mejillón de Galicia”, según la normativa de la UE, es aplicable únicamente al mejillón fresco y depurado.

 

4.      La aplicación de la Denominación de Origen Protegida “Mejillón de Galicia” deberá llevar aparejado un incremento de calidad de la materia prima suministrada al mercado y, en ningún caso, debería implicar un incremento en el precio de la misma.

 

5.      ANFACO, como asociación representativa de la industria de transformación y comercialización de productos del mar, y concretamente del mejillón, debería participar con el sector productor, depurador y la Administración, de igual a igual, en la definición del marco legal de aplicación de la Denominación de Origen Protegida para el mejillón. En ningún caso debe ser excluido el sector transformador y comercializador.

 

 

 

Vigo, a 30 de julio de 2007.